Bases y Acciones para el Ordenamiento Territorial de Catarina
Bases y Acciones para el Ordenamiento Territorial de Catarina
A través de este estudio se han sentado las bases para un futuro plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Catarina
Zonificación Territorial
El principal componente a considerar en la propuesta de zonificación territorial fue el uso del suelo; para lo cual se realizó en siguiente análisis:
La zonificación territorial del municipio dividió en tres zonas con 12 subbzonas el territorio, según su potencial de uso de suelo y limitaciones de los mismos; retomando los resultados del estudio del medio físico y considerando los tres niveles estimado en el mapa de susceptibilidad por inestabilidad de terrenos; conforme a la Política General para el Ordenamiento Territorial (
INETER).Recomendaciones:
• Elaborar Plan de Ordenamiento Territorial, incluyendo el sistema de asentamientos humanos (población, equipamientos, infraestructuras, articulación y vinculación de la población con su área de influencia inmediata y la relación funcional con las localidades de su entorno microzonal, municipal y departamental). • Elaborar un Plan Director Municipal (PDM) para normar, regular y permitir el uso del suelo a las diferentes actividades dependiendo de la capacidad del uso del suelo. • Solicitar estudios básicos para el desarrollo de asentamientos humanos, especialmente los que se ubiquen áreas que bordan la Laguna de Apoyo y aledaños a la zona costera: ⇒ Levantamiento topográfico a detalle del sitio, curvas de nivel cada metro. ⇒ Estudios de evaluación de las amenazas geológicas e hidrometeorológicas para área de urbanización ⇒ Estudios geotécnicos y cálculos de factor de seguridad de laderas, este último para construcciones en el borde de caldera. ⇒ Pruebas de infiltración, si el caso lo requiere. ⇒ Diseño arquitectónico acorde con el paisaje en caso que la construcción se en el borde ó zona costera de la Laguna. ⇒ Diseño estructural de acuerdo a Reglamento Nacional de la Construcción (RNC-83) para la zona de alta sismicidad (zona sísmica 4 – 5). • Aplicar el artículo 32 (1) D/E 78-2002: NO SON TIERRAS APTAS para el establecimiento y expansión de asentamientos humanos las ubicadas en las laderas inestables de macizos montañosos con pendientes mayores de 15 porciento. • Permitir la construcción de una vivienda por hectárea en la zona "borde de caldera" y "zona costera" de la Laguna de Apoyo, con un área de construcción no mayor de 200 metros2
ESTUDIO DE CATARINA.pdf
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